En un reciente viaje a Ámsterdam, tuve ocasión de volver a experimentar las subidas y bajadas por esas escaleras, tan intrincadas como imposibles.
Dicen que es debido a la falta de espacio, pero de eso se ha carecido siempre y en todas partes. El caso es que se siguen construyendo este tipo de escaleras que no parecen obedecer a normalización alguna, ni a observancia de las mínimas medidas de accesibilidad o supresión de barreras arquitectónicas.
¿Qué ocurre en España? ¿Se puede hacer lo mismo?
¿Podría primar el ahorro de espacio en circulaciones frente a la amplitud de otras estancias de mayor permanencia?
La verdad es que no.
Entre la normativa de ámbito estatal y la autonómica, las escaleras de los edificios españoles están totalmente reguladas, incluso en la medida de lo posible en edificios a rehabilitar. Se definen anchos, largos, alturas... dimensiones de peldaños, casos particulares... escaleras en viviendas, en edificios residenciales, en edificios públicos... aun así hay margen de maniobra, pero siempre en aras de la comodidad.
A modo de resumen general, y s.e.u.o. aquí sigue un cuadro de las características generales que deben cumplir las escaleras en edificios de viviendas en nuestro país y comunidad autónoma:
Créditos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 (fuente propia).
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