miércoles, 28 de noviembre de 2012

¿Es legal cerrar la portería con llave por las noches?


¿Es legal cerrar la puerta de la portería con llave por las noches?
Este es el debate que se suscitaba hace poco en los foros de EnAlquiler:
"La presidenta de la comunidad puso un cartel en el que nos obligaba a cerrar la puerta con llave, pues tiene miedo porque hace un año robaron en un piso al lado del de ella. Mi duda es: si hubiese un incendio o un accidente, ¿por dónde entrarían los bomberos?"

Uno de los profesionales usuarios contestaba así (yo he contrastado su respuesta con la última actualización del CTE y esta es la que transcribo):
Está prohibido. Dicha prohibición se encuentra en el CTE (Código Técnico de la Edificación) y en normativas municipales u órdenes de evacuación de incendios y riesgos sanitarios propios de cada ayuntamiento.
Exactamente, el CTE, en su Documento Básico SI (Seguridad en caso de incendio), apartado SI 3 (Evacuación de ocupantes), punto 6 (Puertas situadas en recorridos de evacuación) dice:
"1 Las puertas previstas como salida de planta o de edificio y las previstas para la evacuación de más de 50 personas serán abatibles con eje de giro vertical y su sistema de cierre, o bien no actuará mientras haya actividad en las zonas a evacuar, o bien consistirá en un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación, sin tener que utilizar una llave y sin tener que actuar sobre más de un mecanismo. Las anteriores condiciones no son aplicables cuando se trate de puertas automáticas.

2 Se considera que satisfacen el anterior requisito funcional los dispositivos de apertura mediante manilla o pulsador conforme a la norma UNE-EN 179:2009, cuando se trate de la evacuación de zonas ocupadas por personas que en su mayoría estén familiarizados con la puerta considerada, así como en caso contrario, cuando se trate de puertas con apertura en el sentido de la evacuación conforme al punto 3 siguiente, los de barra horizontal de empuje o de deslizamiento conforme a la norma UNE EN 1125:2009.

3 Abrirá en el sentido de la evacuación toda puerta de salida:
a) prevista para el paso de más de 200 personas en edificios de uso Residencial Vivienda o de 100 personas en los demás casos, o bien
b) prevista para más de 50 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada.
Para la determinación del número de personas que se indica en a) y b) se deberán tener en cuenta los criterios de asignación de los ocupantes establecidos en el apartado 4.1 de esta Sección.

Cuando existan puertas giratorias, deben disponerse puertas abatibles de apertura manual contiguas a ellas, excepto en el caso de que las giratorias sean automáticas y dispongan de un sistema que permita el abatimiento de sus hojas en el sentido de la evacuación, ante una emergencia o incluso en el caso de fallo de suministro eléctrico, mediante la aplicación manual de una fuerza no superior a 220N. La anchura útil de este tipo de puertas y de las de giro automático después de su abatimiento, debe estar dimensionada para la evacuación total prevista.

5 Las puertas peatonales automáticas dispondrán de un sistema que en caso de fallo en el suministro eléctrico o en caso de señal de emergencia, cumplirá las siguientes condiciones, excepto en posición de cerrado seguro:
a) Que, cuando se trate de una puerta corredera o plegable, abra y mantenga la puerta abierta o bien permita su apertura abatible en el sentido de la evacuación mediante simple empuje con una fuerza total que no exceda de 220 N. La opción de apertura abatible no se admite cuando la puerta esté situada en un itinerario accesible según DB SUA.
b) Que, cuando se trate de una puerta abatible o giro-batiente (oscilo-batiente), abra y mantenga la puerta abierta o bien permita su abatimiento en el sentido de la evacuación mediante simple empuje con una fuerza total que no exceda de 150 N. Cuando la puerta esté situada en un itinerario accesible según DB SUA, dicha fuerza no excederá de 25 N, en general, y de 65 N cuando sea resistente al fuego.
La fuerza de apertura abatible se considera aplicada de forma estática en el borde de la hoja, perpendicularmente a la misma y a una altura de 1000 ±10 mm.
Las puertas peatonales automáticas se someterán obligatoriamente a las condiciones de mantenimiento conforme a la norma UNE-EN 12635:2002+A1:2009"

El enlace que he puesto está dirigido a una versión del CTE con comentarios aclaratorios.

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lunes, 26 de noviembre de 2012

Tramitando ayudas


Las obras terminan y se ha de completar el expediente de solicitud de ayudas que abrimos al comienzo de las mismas. En el despacho solemos ayudar a tramitar los impresos y a cumplimentarlos. Únicamente esperamos que, estando al final del periodo del Plan de Rehabilitación de Viviendas 2009-2012, queden fondos y no se demoren mucho...

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viernes, 23 de noviembre de 2012

Daños en local imputables a la Comunidad de Propietarios. Jurisprudencia


La sentencia del Tribunal Supremo de veintinueve de Febrero de dos mil doce, reitera como doctrina jurisprudencial: Que el arrendador no está obligado a reparar los daños causados en el local arrendado, sometido al régimen de propiedad horizontal, producidos por los defectos existentes en elementos comunes.
Parte el TS del hecho indubitado que las humedades que sufre el local objeto de arrendamiento, propiedad del recurrente, y consecuencia de las mismas los daños y perjuicios reclamados en el presente procedimiento, provienen de un defecto constructivo de un elemento común, en concreto del muro-fachada exterior del edificio en el cual se ubica el local comercial, elemento común que precisa para su reparación de impermeabilización desde el exterior para evitar las constantes filtraciones de agua.
En consecuencia casa y anula la sentencia de la Audiencia que infringe la doctrina jurisprudencial antes citada cuando estima que los daños y perjuicios sufridos por la arrendataria los cuales provienen de las humedades del muro como elemento común se incluirían en las obligaciones que tanto el artículo 1554 CC* como el artículo 21 LAU* de 1994 imponen al arrendador. Pues bien dicha conclusión no se ajusta a la línea jurisprudencial establecida por la cual el arrendador vendrá obligado a las reparaciones de los daños que afecten a las instalaciones y componentes privativos del local arrendado y no así a los elementos comunes del edificio como ocurre en el caso de autos.
Cita las sentencias del mismo Tribunal de de 7 de diciembre de 1984 y 18 de mayo de 2006 cuando señalan que no cabe confundir las reparaciones relativas a la vivienda o local como finca individual, con las que correspondan a la Comunidad de Propietarios del inmueble, ya que las irregularidades en los elementos comunes no pueden ser imputadas a la arrendadora del local, como tampoco las posibles innovaciones para prevenir nuevos daños, pues ello carece de oportunidad en el régimen de propiedad horizontal cuando el menoscabo hay que referirlo a los elementos comunes y son por entero ajenos los daños a las instalaciones y componentes propios del local arrendado.

Texto extraído de aquí.

Código Civil. Artículo 1554:
El arrendador está obligado:
1º. A entregar al arrendatario la cosa objeto del contrato.
2º. A hacer en ella durante el arrendamiento todas las reparaciones necesarias a fin de conservarla en estado de servir para el uso a que ha sido destinada.
3º. A mantener al arrendatario en el goce pacifico del arrendamiento por todo el tiempo del contrato.

Ley de Arrendamientos Urbanos: Artículo 21. Conservación de la vivienda:
1. El arrendador está obligado a realizar sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1.563 y 1.564 del Código Civil.
La obligación de reparación tiene su límite en la destrucción de la vivienda por causa no imputable al arrendador. A este efecto, se estará a lo dispuesto en el artículo 28.
2. Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda.
Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.
3. El arrendatario deberá poner en conocimiento del arrendador, en el plazo más breve posible, la necesidad de las reparaciones que contempla el apartado 1 de este artículo, a cuyos solos efectos deberá facilitar al arrendador la verificación directa, por sí mismo o por los técnicos que designe, del estado de la vivienda. En todo momento, y previa comunicación al arrendador, podrá realizar las que sean urgentes para evitar un daño inminente o una incomodidad grave, y exigir de inmediato su importe al arrendador.
4. Las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda serán de cargo del arrendatario.
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miércoles, 21 de noviembre de 2012

Reglas en la vida de un creativo



1. Haz más de lo que te dicen que hagas.
2. Prueba cosas nuevas.
3. Enseña a los demás lo que sabes.
4. Haz de tu trabajo un juego (y viceversa).
5. Tómate descansos.
6. Trabaja cuando los demás descansan.
7. No dejes nunca de crear.
8. Busca tu propia inspiración.
9. Ama lo que haces, o déjalo.
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lunes, 19 de noviembre de 2012

En marcha!


Algo ha de salir de este localito ¿no? Un hurra por los emprendedores que se abren camino contra las zancadillas y los pesimistas.
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viernes, 16 de noviembre de 2012

¡Cómo hemos cambiado!

La Asociación de Antiguos Alumnos de la Universidad Politécnica de Valencia cumple su 20º aniversario, y a los chicos que tan bien la gestionan se les ha ocurrido la fantástica idea de incluir entre sus actos de celebración una retrospectiva fotográfica con la colaboración de todos los que somos miembros.
A mi se me ocurrió participar con esta imagen, que debe ser de 1990, año arriba año abajo, en las que estamos disfrutando de las paellas que se organizaban en la Escuela con motivo de las fallas. Es un gustazo ver cómo tras 20 años, algunos de los que salimos en la foto seguimos manteniendo una estrecha relación, tanto a nivel laboral como de amistad y nos sentimos tan jóvenes como entonces, o quizá más.


El caso es que yo, despistada como soy, participé sin darme cuenta que en realidad era un sorteo y había un premio, y adivinad a quién le ha tocado...
Enhorabuena a los otros ganadores, Francisco y Marcos.

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viernes, 9 de noviembre de 2012

Calendario laboral 2013


Para Valencia y la Comunidad Valenciana, estas son las fiestas señaladas según el BOE 265, de 3 de noviembre de 2012:
1 de enero, Año Nuevo. Fiesta nacional no sustituible.
7 de enero. Fiesta local.
22 de enero, San Vicente mártir. Fiesta local.
18 de marzo, Lunes de Fallas. Fiesta autonómica.
19 de marzo, San José. Fiesta nacional no sustituida.
29 de marzo, Viernes Santo. Fiesta nacional no sustituible.
1 de abril, Lunes de Pascua. Fiesta nacional no sustituida.
1 de mayo, Fiesta del Trabajo. Fiesta nacional no sustituible.
15 de agosto, Asunción de la Virgen. Fiesta nacional no sustituible.
9 de octubre, Día de la Comunidad Valenciana. Fiesta autonómica.
12 de octubre, Fiesta Nacional de España. Fiesta nacional no sustituible.
1 de noviembre, Todos los Santos. Fiesta nacional no sustituible.
6 de diciembre, Día de la Constitución Española. Fiesta nacional no sustituible.
25 de diciembre, Natividad del Señor. Fiesta nacional no sustituible.
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miércoles, 7 de noviembre de 2012

Humor arquitectónico

¿Cómo se le llama al arquitecto en Méjico?
Armando Casitas.

¿Qué hace un arquitecto con un orinal?
Un pisito.

¿Cómo se dice arquitecto en japonés?
Oshago Kasitas.


Un andaluz le pregunta a otro:
- Quiyyyo ¿Cómo ce dise edifisio en catalán?
- Edifici...
-Si, niñooo! Ya sé que é difici. Por eso te lo pregunto!


¿En qué se parece Moisés a una limatesa?
En que los dos dividen las aguas.

Se abre el telón y aparece un pilar de hormigón sin armar. Se cierra el telón.
¿Cómo se llama la película?

"A tracción fatal".

-¿Qué hace un arquitecto finlandés con un megáfono?
-Hablar Aalto...


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