miércoles, 8 de mayo de 2013

Licencia de ocupación de inmuebles en Albal

Es el documento necesario que permite a una vivienda ser ocupada por cumplir todas las condiciones mínimas de habitabilidad que marca la ley. Con él se pueden solicitar las altas a los suministros habituales.

Se distingue entre PRIMERA OCUPACIÓN y SEGUNDA OCUPACIÓN Y SIGUIENTES.

Entre otros documentos, se aportarán los siguientes:
PRIMERA OCUPACIÓN:
  • Certificado final de obra suscrito por la dirección facultativa conforme a lo establecido en la Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
  • En su caso, certificado final de obra de urbanización que se hubiesen acometido simultáneamente con las de edificación.
  • Proyecto de final de obra, que incluirá una declaración del técnico sobre la conformidad de las obras ejecutadas con el proyecto autorizado por la licencia de obras correspondiente.
  • Información que resulte del Libro del Edificio conforme a lo establecido en la Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación. En su caso, documentación en la que se reflejen las modificaciones autorizadas introducidas en el proyecto aprobado durante la ejecución de las obras.
  • Acta de recepción de la obra firmada por el promotor y el constructor.
  • Copia del Libro del Edificio correspondiente. 
  • Certificado de aislamiento acústico y documentación justificativa de las mediciones de aislamiento acústico realizadas, suscrito por el promotor, el constructor, el proyectista, el director de la obra y el director de ejecución de la obra.
SEGUNDA OCUPACIÓN Y SS:
  • Certificado del facultativo competente de que el edificio, o en su caso, la parte del mismo susceptible de uso individualizado, se ajusta a las condiciones exigibles para el uso a que se destina, visado por el colegio profesional competente.
Siempre que el Ayuntamiento nos lo permite, en este despacho optamos siempre por aportar un Certificado de Colegiación en sustitución del visado, para ahorrar los correspondientes gastos al Cliente, y así ha sido en Albal, en el caso de un Certificado de Segunda Ocupación que hemos emitido recientemente.

El procedimiento es el siguiente: Concertamos una visita con el Cliente y tras la toma de datos e inspección ocular de la vivienda, elaboramos el certificado y se lo facilitamos en menos de 24 horas.

El impreso municipal se puede conseguir aquí.


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