lunes, 26 de diciembre de 2011

Informe de conservación del edificio (ICE)


El Informe de Conservación del Edificio, más conocido por sus siglas ICE, trata de un documento de base técnica en el que se recoge información relativa al estado de conservación del edificio en sus elementos comunes así como del comportamiento energético de su envolvente térmica (cubiertas y fachadas). La inspección permite constatar posibles lesiones o deterioros de la edificación al tiempo que analiza la demanda energética del mismo con el fin de establecer unos criterios para priorizar las intervenciones de rehabilitación posteriores. Todo ello va dirigido a que las medidas de ayudas que se establezcan en el marco de rehabilitación sean coherentes con las exigencias de necesidades reales del parque residencial existente.

En esta página web de la Conselleria d'Infrastructures, Territori i Medi Ambient se puede encontrar información al respecto.

Es un documento necesario en edificios de viviendas que desean solicitar ayudas económicas a la rehabilitación de los elementos comunes del inmueble y se realiza mediante encargo de la Comunidad de Propietarios, a través de su representante, a un técnico competente, en este caso, arquitecto.



Su proceso de elaboración es muy rápido y sencillo para la Comunidad solicitante:
  • Concertamos una visita.
  • Se inspecciona el edificio en una jornada en la que pueda accederse al mayor número posible de viviendas (no hace falta todas) y a todas las dependencias comunes.
  • Prestaremos especial atención a la accesibilidad al edificio, instalaciones, de agua, luz, gas... aspecto visual de fachadas, patios de luces, cubiertas, estructura, cimentación y patologías evidentes relevantes.
  • Y en un par de días más -dependiendo del tamaño del inmueble- tendremos listo el documento para ser visado por nuestro Colegio Profesional.
En el estudio tenemos amplia experiencia en la elaboración de este tipo de informes, despachándolos diligentemente en muy poco tiempo. Nuestro ámbito de actuación habitual es la provincia de Valencia, habiendo trabajado en toda la Comunidad Valenciana.

Nuestros honorarios se acogen al convenio de tasación que se acordó en su día entre el Colegio de Arquitectos y la Conselleria o el Ayuntamiento de Valencia.

Os recordamos que el próximo 7 de julio de 2012 entra en vigor el Real Decreto-ley 8/2011, que en su artículo 21 declara la obligatoriedad del ICE/ITE para edificios de uso residencial ubicados en municipios de más de 25.00 habitantes y que hayan alcanzado los 50 años de antigüedad.

No esperes a que tu ayuntamiento fije el calendario obligatorio de actuaciones y pide presupuesto. Tramitamos gratuitamente la documentación en las oficinas municipales.

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